Todo aumento de riqueza obtenido a título gratuito como consecuencia de una transmisión o acto de esa naturaleza, que comprenda o afecte uno o más bienes situados en la Provincia de Buenos Aires y/o beneficie a personas físicas o jurídicas con domicilio en la misma, estará alcanzado con un impuesto denominado “Transmisión Gratuita de Bienes”.
Excepciones:
Las herencias cuyos montos totales no superen $ 468.060, según la ley impositiva provincial vigente para el año 2022 (Ley Provincia de Buenos Aires Nro. 10.697 y su última modificación Nro. 15.311).
Cuando se trate de padres, hijos y cónyuge, se elevará el monto mínimo no imponible a $.1.948.800 (para cada beneficiario).
También, se encuentran exentas del gravamen, las herencias a favor del cónyuge, ascendientes y/o descendientes, (incluidos hijos adoptivos o los cónyuges de los mencionados), cuando se tratare de un bien inmueble urbano destinado totalmente a vivienda del causante o su familia, siempre que sea única propiedad y la valuación fiscal del inmueble no exceda de $ 1.154.400 (pesos un millón ciento cincuenta y cuatro mil cuatrocientos), según ley impositiva actualizada para el año 2022.
Estudio Liberty. Estudio Jurídico especializado en Sucesiones, herencias y testamentos en Capital Federal y Provincia de Buenos Aires.
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